En el Estado de México, ya será una realidad que las y los trabajadores puedan no solamente acceder a un esquema de renta de vivienda (no podrá exceder el 30% de su salario), sino con el tiempo la puedan adquirir, lo cual será posible, mediante la operación de un Fondo Nacional en la materia.
Esto, luego de que fuera publicado en la Gaceta de Gobierno de la entidad, el proyecto aprobado recientemente por la legislatura, por el que se reformó y adicionó la fracción XII del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política en materia de vivienda para las personas trabajadoras.
Ante dicho panorama, ahora toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a sus trabajadores un hogar digno para vivir.
Asimismo, será necesaria la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del gobierno federal, de las personas trabajadoras y empleadoras, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda.
Dicha ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales las personas trabajadoras podrán acceder a los créditos y viviendas en arrendamiento social, antes mencionadas.
También se establece que la mensualidad del arrendamiento social no podrá exceder del 30% del salario de las personas trabajadoras. En cualquier caso, se dará preferencia de acceso a la vivienda en arrendamiento social a las personas trabajadoras que hayan aportado continuamente al fondo y no cuenten con vivienda propia.
Es importante recordar que el Congreso mexiquense aprobó recientemente por unanimidad la minuta con proyecto de decreto enviada por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, para reformar la Carta Magna y establecer un sistema con orientación social para que las personas trabajadoras puedan remodelar, rentar o adquirir una vivienda con financiamiento accesible.
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